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Todos nuestros planes de Oficina Virtual incluyen Dirección Tributaria, Asesoría Profesional para tu Inicio de Actividades y Patente Comercial, y mucho más!

Plan
Tributario

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Dirección tributaria
+ Servicios Básico

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Comercial

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$14.200

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Plan Tributario
+ Dirección Comercial

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$19.200

+IVA Mensual

Plan Comercial
+ Recepción de llamados

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¿Sabes qué es una Oficina Virtual?

Aquí te dejamos algunas de las dudas más comunes relacionadas a lo que es una Oficina Virtual
y sobre todos los beneficios que le da una Oficina Virtual a tu emprendimiento.

Si estás en el proceso de emprender, buscaste qué es una Oficina Virtual en Google y leíste la descripción de Wikipedia, seguro no habrás conseguido lo que estabas buscando.

Ciertamente sí existen las llamadas “Oficinas Virtuales” como dice Wikipedia, pero ya te habrás dado cuenta que lo que necesitarás para hacer tu Inicio de Actividades en SII es algo completamente diferente.

Te comentamos, una Oficina Virtual es lo que obtienes por el arriendo de la Dirección o Domicilio Tributario y Comercial que necesita tu empresa para acreditarse ante el SII, sin arrendar todo el espacio físico.

Una Oficina Virtual es el servicio que se le ofrece a los emprendedores y Pymes que necesitan acreditar una dirección ante el SII para hacer su Inicio de Actividad y obtener su Patente Comercial ante la Municipalidad correspondiente, y que no necesitan de un espacio fijo (oficina o local) para realizar sus actividades comerciales.

Una Oficina Virtual le entrega flexibilidad y libertad a los emprendedores porque les permite realizar sus actividades comerciales dónde y cuando lo necesiten, reduciendo los gastos iniciales que vienen con el arriendo de una oficina física y que suelen ser mucho más costosos que el arriendo de una Oficina Virtual.

Pero esto no queda aquí, las Oficinas Virtuales suelen venir en “Planes” que incluyen diversos servicios y beneficios complementarios divididos en varios plazos y precios de contratación.

Si quieres conocer nuestros planes, haz click aquí

El Domicilio Tributario es la dirección que está habilitada para realizar actividades comerciales y que presentas en el SII para solicitar tu inicio de actividades. Inicialmente puedes crear tu empresa estableciendo tu domicilio particular. Sin embargo, debes tener en cuenta que para hacer tu inicio de actividades, para emitir facturas y obtener tu patente comercial, tendrás que utilizar un domicilio habilitado en el SII para uso tributario/comercial. Un domicilio habitacional no está habilitado por el SII para la realización de actividades comerciales formales.

De acuerdo a Circular 31 del 2007, el domicilio que se debe registrar en el SII, debe coincidir con el lugar donde se realice la actividad principal del negocio o giro. Si no cuentas con una dirección comercial desde un principio, lo que se recomienda es la contratación de una Oficina Virtual, esto te dará la flexibilidad para realizar tus actividades comerciales dónde y cuando lo necesites, reduciendo los gastos iniciales que vienen con el arriendo de una oficina física.

La Declaración de Inicio de Actividades debe entenderse como la formalización ante el SII de la intención de emprender cualquier tipo de actividad comercial o profesional.

Para dar aviso de Inicio de Actividades ante el SII, el contribuyente debe acreditar su domicilio, según las instrucciones detalladas en la Circular N° 31, de 2007, y que se mencionan a continuación:

  • Contribuyentes afectos a impuestos de Segunda Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta (boletas de honorarios), personas naturales dedicadas al transporte de pasajeros y organismos del Estado:
    • Sólo deben acreditar el domicilio de las sociedades de profesionales que presten, exclusivamente, servicios o asesorías profesionales, que opten por declarar sus rentas de acuerdo con las normas de la Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Los demás contribuyentes no requieren acreditar su domicilio o el de sus sucursales, si es que las tuvieran.
  • Contribuyentes afectos a impuestos de Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta (comercio, producción, agricultura, transporte, servicios y, en general, actividades afectas a IVA):
    • Deberán señalar el rol de avalúo de la propiedad, y otros documentos que según corresponda se requieran para acreditar el domicilio tributario (dependerá de si el domicilio es propio o arrendado).

Para dar aviso de Inicio de Actividades ante el SII, el contribuyente debe acreditar su domicilio, según las instrucciones detalladas en la Circular N° 31, de 2007, y que se mencionan a continuación:

Contribuyentes afectos a impuestos de Segunda Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta (boletas de honorarios), personas naturales dedicadas al transporte de pasajeros y organismos del Estado:

  • Sólo deben acreditar el domicilio de las sociedades de profesionales que presten, exclusivamente, servicios o asesorías profesionales, que opten por declarar sus rentas de acuerdo con las normas de la Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
  • Los demás contribuyentes no requieren acreditar su domicilio o el de sus sucursales, si es que las tuvieran.

Contribuyentes afectos a impuestos de Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta (comercio, producción, agricultura, transporte, servicios y, en general, actividades afectas a IVA):

  • Deberán señalar el rol de avalúo de la propiedad y presentar (según corresponda) diversos documentos que acrediten el domicilio donde realizaran sus actividades comerciales.

La verificación de la actividad es un proceso que consiste de dos partes:

  •  Una evaluación de los antecedentes presentados por el contribuyente y los que posee el SII en sus registros, con la finalidad de determinar satisfactoriamente, que el contribuyente está real y efectivamente en condiciones de realizar la actividad declarada.

  •  Si los antecedentes de la primera parte no resultan satisfactorios, se puede realizar una visita en terreno.

Los resultados de la primera y segunda parte pueden ser:

  •  Positiva: contribuyente queda autorizado para timbrar o emitir facturas

  •  Positiva Condicionada: contribuyente queda autorizado a timbrar o emitir facturas, pero debe presentar los antecedentes que se señalen en el proceso, cuando concurra a la Unidad del SII de su jurisdicción.

  •  Negativa: No puede timbrar facturas de inmediato, contribuyente será visitado en terreno.

La visita en terreno arrojará el resultado final de la verificación. De ser ésta negativa, el contribuyente deberá solicitar una nueva verificación de actividad, en la oportunidad que se encuentre en condiciones de desarrollar las actividades declaradas.

Ciertamente utilizar una Oficina Virtual tiene muchos beneficios adicionales que van más allá de servir para el Inicio de Actividades y la obtención de la Patente Comercial de tu empresa.

Ya te comentamos que sólo el arriendo de una Oficina Virtual te ofrece libertad, flexibilidad y el ahorro de tiempo y dinero que una oficina tradicional no te ofrece, sin embargo, los beneficios que obtendrás van más allá y dependerán de la empresa con la cual decidas arrendar tu Oficina virtual.

Nosotros nos esforzamos en ofrecerte el mejor servicio del mercado, con atención personalizada y respuestas inmediatas a tus inquietudes,  y es por ello que te ofrecemos los siguientes beneficios adicionales:

  • Asesoría profesional para acelerar tus trámites
  • Precios flexibles y diversos medios de pago
  • Rapidez en los trámites ante el SII y la Municipalidad
  • Imagen más profesional y de prestigio

Aquí es donde se diferencian las empresas donde puedes contratar tu Oficina Virtual; cada una de ellas te ofrecerá planes muy diferentes entre unas y otras y en algunos casos con precios engañosos o poco claros. Los servicios relacionados más comunes son los siguientes:

  • Dirección Tributaria para Inicio de Actividades y Patente Comercial
  • Dirección Comercial para comunicar a clientes
  • Arriendo de sala de reuniones
  • Recepción de llamados y mensajes
  • Servicio de Trámites SII y Municipales
  • Obtención y Centralización de Certificados Digitales
  • Atención a tus clientes ante apariciones no agendadas
  • Servicios de Contabilidad
  • Servicios de Creación de Empresas

Te invitamos a revisar nuestros Planes y a enviarnos tus dudas o consultas, nuestro equipo de asesores profesionales estará siempre atento y dispuestos a ayudarte.

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