El Juzgado de Familia pensión alimenticia es el encargado de resolver los conflictos en el área, cuando las partes no han logrado resolverlo de manera privada o a través de mediación.

Cuando las partes no pueden encontrar un punto de acuerdo en el que ambos intereses se vean satisfechos, la solución es la demanda de alimento. La ley ha creado los Juzgados de Familia, como organismos dirigidos a resolver los conflictos que se generen en el derecho de familia.

documentos legales sobre el juszgado de familia pensión alimenticia

Antes de responder a todas las dudas sobre el tema, es necesario aclarar que lo que usualmente denominamos “pensión” se refiere al concepto jurídico de “Demanda de Alimentos” o simplemente “Alimentos”. En adelante, para simplificar la lectura, nos referiremos a este concepto simplemente como “pensión”.

Tabla de contenidos

¿Qué es la pensión alimenticia?

El derecho de alimentos es un derecho personal, inherente a cada persona. Toda persona goza de este derecho por el simple hecho de nacer.

El derecho a la pensión alimenticia consiste en que cualquier persona que, se encuentre en un estado de necesidad y requiera apoyo económico para poder pagar los gastos esenciales para su sustento, tiene derecho a exigir el soporte económico de los familiares o personas indicadas por la ley.

De tal forma que, la pensión alimenticia es la retribución económica que una persona se compromete a dar a otra que la necesita, en razón al vínculo jurídico que las une.

Elementos necesarios para solicitar alimentos

Los alimentos se compone de dos elementos esenciales: el vínculo jurídico entre las partes y la necesidad del alimentario. Sin alguno de estos dos elementos, no puede decretarse alimentos.

El vínculo jurídico

El vínculo jurídico, se trata de la conexión legal que debe existir entre el alimentante y el alimentario. La ley ha establecido cuales son los vínculos jurídicos que pueden generar una pensión alimenticia.

Si la persona que solicita la pensión alimenticia no tiene relación jurídica con el posible alimentante o si la relación jurídica que tienen no está entre las señaladas por la ley, no tiene derecho a la pensión.

La necesidad del alimentario

La persona que solicita la pensión alimenticia debe encontrarse en estado de de necesidad, es decir, no tiene los recursos suficientes como para sustentarse por sí solo.

Estos elementos son fundamentales para ejercer y exigir el derecho a la pensión alimenticia. Otro elemento importante en la pensión alimenticia es, la capacidad económica del alimentante, si bien no define si se decreta o no la pensión, siempre debe tomarse en cuenta para determinar el valor de la pensión.

¿Dónde se solicita la pensión alimenticia?

La pensión alimenticia puede ser fijada por mutuo acuerdo de partes o por sentencia judicial. Lo recomendable es que las partes lleguen a un acuerdo sobre la pensión y eviten el trayecto en la instancia judicial, sin embargo, en ocasiones esto es inevitable.

Cuando las partes han agotado la etapa de mediación, sin lograr obtener un acuerdo, pueden acudir a la instancia judicial.

El interesado en fijar la pensión alimenticia, debe presentar una demanda por pensión en el Juzgado de Familia que corresponda. Para presentar esta demanda debes tener el patrocinio de un abogado, contar con el certificado de mediación frustrada y cumplir con los demás requerimientos de la ley.

Qué es el Juzgado de familia pensión alimenticia

El Juzgado de Familia es el órgano creado por el sistema judicial, encargado de resolver todos los conflictos que se puedan producir en relación al derecho de familia.

Uno de los principales temas del derecho de familia es la pensión alimenticia, por ello, el Juzgado de Familia es la figura competente para atender los requerimientos, solicitudes y controversias que se presenten entre las partes respecto al tema.

En cuanto a la organización de la estructura judicial, el Juzgado de Familia es un tribunal independiente y especializado. Este Tribunal funciona de forma separada y diferente a los Tribunales Civiles y demás. Es un Juzgado especializado en derecho de familia, por lo tanto, solo es competente para resolver los conflictos que se generen en esa área.

¿Qué hace el Juzgado de Familia pensión alimenticia?

El Juzgado de Familia es el principal interventor, junto con las partes del proceso, en un sentencia judicial de pensión alimenticia. Por ello, es oportuno que conozcas cuales son las sus atribuciones.

Estas son las funciones principales que realiza el Juzgado de Familia pensión alimenticia:

Revisar y admitir a trámite la acción judicial de alimentos

El Juzgado de Familia en la acción judicial de alimentos, se encarga de recibir la demanda por pensión y revisar que esta cumpla con los requisitos exigidos por la ley.

El Juzgado de Familia pension alimenticia, verifica que la demanda cuente con todos las condiciones legales necesarias para dar curso al proceso. Uno de los primeros aspectos que revisa el tribunal es que, la demanda esté acompañada del certificado de mediación frustrada.

Dictar alimentos provisorios

El Juzgado de Familia Pensión alimenticia debe decretar y ordenar el pago de alimentos provisorios, mientras se resuelve el conflicto entre las partes.

Cuando el Juzgado admite la demanda de pensión por alimentos, junto con esta admisión debe dictar los alimentos provisorios, que no es más que una pensión temporal que el demandado debe pagar hasta que se sentencie la causa.

En la sentencia el Juez determinará si concede o no la pensión alimenticia y si mantiene el mismo monto de los alimentos provisorios, si aumenta o disminuye.

Calcular el valor de la pensión alimenticia

Una de las funciones del Juzgado de familia es calcular y determinar cuál es el valor de la pensión alimenticia. No existe un monto o cálculo exacto que el Juez pueda utilizar para definir el valor de la pensión.

El Juez para fijar el valor de la pensión alimenticia analiza los elementos y condiciones del caso, especialmente las capacidades económicas de ambas partes y en base a ello, determina cuál es el monto adecuado para las partes.

Conciliación de las partes

En la audiencia preparatoria del juicio de alimentos, el Juez procura la conciliación entre las partes y que el proceso termine a través de un acuerdo.

Decide sobre la pensión alimenticia

El juzgado de familia decide mediante sentencia si procede o no la pensión alimenticia, cuál es su valor y cualquier otro aspecto relacionada a esta.

Aprueba acuerdos de partes

Los acuerdos de las partes sobre la pensión alimenticia deben ser aprobados por el Juez de Familia que corresponda de acuerdo al caso, independientemente del tipo de acuerdo que se trate.

El Juez de Familia debe aprobar las transacciones, actas de mediación, acuerdo completo y suficiente y avenimiento. El Juez evalúa el contenido del acuerdo, verifica que este no viole ninguna norma de derecho y finalmente emite sentencia al respecto.

Garantiza el cumplimiento de la pensión alimenticia

El Juzgado de Familia pensión alimenticia tiene la capacidad de hacer cumplir las obligaciones derivadas de esta pensión. Cuando el alimentante incumple con el pago de la pensión, el alimentario puede acudir al Juzgado de Familia que corresponda y solicitar por alguno de los medios indicados por la ley que se obligue a cumplir con el pago.

Adicionalmente, el Juzgado de familia puede realizar las acciones que considere necesarias para obtener los mejores resultados en el proceso y lograr fijar la pensión alimenticia de la forma más justa posible, considerando las condiciones de ambas partes, siempre y cuando no exceda las facultades que le otorga la ley.

¿La mediación la realiza el Juzgado de familia pension alimenticia?

¡No! la mediación la realiza un centro de mediación aprobado por la corte de apelaciones. El juzgado de familia no es el encargado de realizar la mediación entre las partes, en todo caso, este solo puede designarles uno de estos centro de mediación.

No es obligatorio solicitar al Juzgado de Familia pensión alimenticia, la asignación del centro de mediación, las partes pueden acudir directamente al centro.

No cualquiera puede realizar y certificar esta mediación, solo pueden los centros que estén aprobados por la Corte de Apelaciones. Al finalizar la etapa de mediación, el acta de mediación debe ser remitida al Juzgado de Familia que corresponda, para su aprobación.

en qué juzgado de familia pensión alimenticia puedes presentar una demanda

En qué Juzgado de Familia debes presentar tu demanda de pension alimenticia

En el juzgado de familia del domicilio del demandado o del niño, niña y adolescente. Excepcionalmente se puede presentar en el domicilio del demandante cuando la ley así lo permita.

Cuando se trata de demandas por reduccion de pension alimenticia o cese de alimentos, estas deben ser presentadas en el Juzgado del domicilio del alimentario.

Todas las demandas relativas a la pensión alimenticia, sea aumento, reducción o cese, deben presentarse en los Juzgados de Familia que corresponden de acuerdo a las reglas de competencia. La liquidación es la excepción a esto.

La liquidación de deuda por pensión alimenticia, debe ser presentada en el mismo Juzgado de Familia que fijó la pensión alimenticia.

Sentencia del Juzgado de Familia pensión alimenticia

Al finalizar el juicio de pensión alimenticia, el Juzgado de Familia dicta una sentencia regulando el valor y los términos relativos a la pensión.

¿Qué puedo hacer si no estoy conforme con la sentencia del Juzgado de familia pensión alimenticia?

Cuando alguna de las partes no esté conforme con la decisión del Juzgado de Familia pension alimenticia, puede presentar en un periodo de tiempo, un recurso de apelación subsidiaria o un recurso de apelación (dependiendo del caso).

De esta forma, el Juzgado de Familia que dictó la sentencia debe subsanar los vicios del proceso o en su defecto, la sentencia pasa a ser revisada por la instancia superior, donde se puede reafirmar la primera sentencia o dictar una nueva.

¿Cómo hacer seguimiento de mi causa en el Juzgado de Familia pensión alimenticia?

Si presentaste una demanda por pension o fuiste demandado y quieres saber en que se encuentra tu caso, esto es lo que debes hacer:

Con tu clave única (obtenida en el Registro Civil) ingresas a la Oficina Judicial Virtual y verificas el estado de tu causa. Si no tienes esta clave, debes hablar con tu abogado o dirigirte directamente al Juzgado correspondiente.

¿Cuánto duran los efectos de la sentencia de pensión alimenticia?

Una de las preguntas más comunes entre los lectores es ¿Cuanto dura la pensión alimenticia?. La pensión alimenticia dura hasta que se produzca un cambio en alguno de los elementos que se utilizaron para decretar en un inicio la pensión, que fundamente su cese.

La pensión alimenticia puede terminar por cese de alimentos. El cese de alimentos se solicita a voluntad de las partes, comúnmente del alimentante. Puede ser producto del acuerdo de partes o de sentencia judicial.

Cuando el alimentario muere, se extingue la obligación de la pensión de alimentos, en vista de que se trata de un derecho personal que no es transferible.

El alimentante puede solicitar el cese de los alimentos cuando alguno de los elementos esenciales del caso cambiaron y por ende ya no existen razones jurídicas suficientes para mantener la pensión. El cese de alimentos puede solicitarse por las causales establecidas en la ley.

En general la razón para solicitar el cese de los alimentos es que, alguno de los elementos del caso que existían cuando se decretó la pensión, ha cambiado o dejó de existir.

Revisa nuestro artículo sobre demanda por pensión y conoce las causales del cese de alimentos.

¿Hasta qué edad se debe pagar la pensión alimenticia?

La respuesta a esta pregunta depende del tipo de pensión alimenticia que se trate. La edad no siempre es un factor limitante o determinante para la pensión alimenticia.

Cuando se trate de la pensión alimenticia de un hijo o hermano, la edad si es importante, por cuanto, la ley establece que en estos casos la pensión se debe pagar hasta los 21 años de edad (cuando no esté estudiando) y hasta los 28 años de edad (cuando esté estudiando).

En el resto de los casos de pensión alimenticia, no importa la edad que tenga el alimentario, siempre que cumpla con las condiciones de ley, tiene derecho a recibir su pensión.

¿A partir de qué momento tienes derecho a recibir la pensión alimenticia?

El derecho de alimentos, es un derecho personal que nace con la persona, por lo tanto, puede ser exigido en cualquier momento, siempre que se den las condiciones de ley para ello.

La obligación del pago de la pensión alimenticia nace cuando está ha sido reconocida por acuerdo de partes o por sentencia del Juzgado de Familia. Después del reconocimiento de la pensión, el alimentante está obligado legalmente a realizar los pagos correspondientes.

Después de este momento, cualquier impago de la pensión es considerado un incumplimiento a sus deberes y generará consecuencias jurídicas.

Si se trata de una pensión alimenticia fijada por sentencia judicial, a partir de la admisión de la demanda, el Juez impone la primera obligación al alimentante que, es el pago de los alimentos provisorios. Posteriormente con la sentencia, el Juez dicta la pensión definitiva, en caso de que proceda.

Por lo tanto, tienes derecho a recibir el pago de los alimentos a partir del momento en que el Juez admite tu demanda (en ocasiones la admisión y los alimentos provisorios no se dictan al mismo tiempo). Si en tu caso se trata de un acuerdo, tendrás derecho a recibir el pago, desde el momento que señale el acuerdo.

¿Qué sucede con los pagos de alimentos provisorios cuando niegan la pensión?

Los alimentos provisorios son una obligación temporal para el alimentante. Estos alimentos los dicta el Juez junto con la admisión de la demanda y deben ser pagados por el alimentante hasta que se dicte la sentencia al final del proceso.

Cuando al final del proceso se sentencie negando la pensión alimenticia y el demandado haya hecho pagos por alimentos provisorios, el demandante (quien solicitó la pensión), debe reintegrar el monto total que haya recibido por estos alimentos.

¿Por qué es importante saber desde qué momento comienzan los efectos de las pensiones de alimentos?

La pensión alimenticia es un derecho que nace con la persona, sin embargo, sus efectos jurídicos inician desde la acción de las partes.

Resulta importante determinar el momento de inicio de sus efectos, a los fines de exigir el cumplimiento de la obligación y para solicitar el pago de los retroactivos (pagos no realizados). Los efectos parten desde la sentencia judicial.

La obligación de cumplir con la pensión alimenticia se genera a partir de dos momentos: desde que se fijan los alimentos provisorios (en el caso de la pensión alimenticia judicial) y en el momento acordado por las partes (en caso de pensión de mutuo acuerdo).

Los pagos que pretendan ser exigidos como retroactivos, serán los que el alimentante debía realizar a partir del decreto de los alimentos provisorios o desde el momento acordado entre partes. No puede exigirse el pago por un tiempo anterior a esto.

¿Cómo se paga la pensión alimenticia?

La pensión alimenticia puede ser pagada a través de un monto de dinero o a través de un derecho de uso o usufructo que el alimentante constituya sobre uno de sus bienes a favor del alimentario.

La forma más común de pagar la pensión alimenticia es a través de un monto de dinero. Cuando la pensión es pagada en dinero, el Juez ordena abrir una cuenta de ahorro a la vista especialmente para ese pago. Los pagos deben hacerse en esta cuenta, sin excepción, no pueden usarse cuentas privadas o diferentes a la que indica el Juzgado de Familia pensión alimenticia.

No olvidemos que lo que usualmente denominamos “pensión” se refiere al concepto jurídico de “Demanda de Alimentos” o simplemente “Alimentos”, de acuerdo a lo establecido en el ordenamiento jurídico chileno.

Si estás interesado en demandar la pensión alimenticia o si fuiste demandado, AbogaDOC puede asistirte en cada uno de los pasos que debes dar. Te apoyamos en todo el procedimiento judicial y extrajudicial. Somos expertos en derecho de alimentos y podemos orientarte de acuerdo a las circunstancias particulares de tu caso.